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Por: estudiantes de periodismo Universidad Los Libertadores
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La Ley 12 de 1984, que adopta los símbolos patrios de la República de Colombia (escudo, himno y bandera), se tramitó con un error que hace del blasón nacional un emblema con connotación sexual: su franja central tiene un “gorro frígido” en vez del histórico “gorro frigio” que simboliza la libertad.
Estudiantes de Comunicación Social-Periodismo de la Fundación Universitaria Los Libertadores de Bogotá encontraron que dicha ley de 1984 “pasó” en alto el grave error tanto en el Congreso como en el gobierno nacional, que la promulgó, lo que le da una connotación sexual al símbolo patrio, pues no es lo mismo un gorro frigio que un gorro frígido.
En efecto, el artículo tercero de la norma al describir la franja central del escudo dice: “La faja del medio, en el campo de platino, lleva en el centro un gorro frígido enastado en una lanza”.
La connotación sexual de nuestro escudo nacional
Una Ley expedida hace 33 años tiene un error al describir el Escudo Nacional


Los estudiantes de la cátedra Periodismo Ciudadano e Investigación Periodística empezaron a indagar sobre proyectos de ley en trámite en el Congreso. Al estudiar la propuesta de modificación del escudo, propuesta por el senador conservador Efraín Cepeda Sarabia y hablaron con él sobre el contenido de la modificación al Escudo: cambiar el istmo de Panamá presente en la franja inferior, por el mapa de las islas de San Andrés y Providencia.
El senador Cepeda respondió sobre el contenido de su proyecto y las razones del cambio:
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HIPERVINCULO ENTREVISTA
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Frigio vs. Frígido
Indagamos sobre el significado del gorro frigio que según la Ley 12 se convirtió en “gorro frígido”. En efecto, el gorro frigio es una suerte de caperuza, de forma aproximadamente cónica pero con la punta superior curvada. Se asume que esta prenda de vestir tiene su origen en la región de Frigia, Asia Menor, en la actual Turquía.
Fue utilizado simbólicamente por los asesinos del emperador romano Julio César y quizás por esa razón, durante la Independencia de Estados Unidos y la Revolución francesa fue adoptado como símbolo de la libertad. En el siglo XIX, el gorro frigio se consagra definitivamente como símbolo internacional de la libertad y el republicanismo. Durante los siglos XIX y XX ha sido utilizado en ese sentido en la simbología nacional de varias repúblicas, entre ellas varias americanas.
http://www.sabelotodo.org/personajes/gorrofrigio.html
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En cambio, no aparecen descripciones del gorro frígido del que habla la Ley 12 del 84. Pero frígido, según el diccionario de la Real Academia Española es:
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¿Qué podría ser un gorro frígido? Si nos atenemos a la definición de la Real Academia Española, sería un gorro que padece de frigidez o ausencia de goce sexual. Y en la segunda acepción, un gorro frío. Y en esos sentidos, según la ley, no podría más que tener el significado sexual de un glande enastado en una lanza.
Así las cosas, el escudo nacional sería de esta manera según la Ley 12 de 1984:
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Error que debe avergonzar al Congreso
Sin duda, la Ley 12 de 1984 en lo referente al gorro frígido debía ser una vergüenza para el Congreso ¿Por cuántas manos pasó? ¿Quiénes aprobaron esa ley en cuatro debates tanto en el Senado como en la Cámara? ¿Quiénes revisaron el texto en el Gobierno sin que nadie reparara en el error? ¿Cuántos han utilizado un escudo que según el texto de la ley, no es?
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Las anteriores preguntas quizá puedan responderse con una afirmación general: en el Congreso están acostumbrados (y nos tienen acostumbrados) a expedir leyes sin que ni los autores, ni los ponentes, ni quienes las aprueban, ni quienes las promulgan (el Gobierno), las lean. En otras palabras: no leen o no saben leer.
Proyectos de ley para reformar el Escudo Nacional
En la última década han sido varios los intentos hechos en el Congreso para modificar el Escudo Nacional, en especial en su franja inferior, cambiando el istmo de Panamá por el archipiélago de San Andrés. Y con mayor razón cuando la Corte Internacional de La Haya le quitó soberanía a Colombia sobre buena parte del mar territorial que circunda las islas caribeñas.
En el año 2007 el representante Dairo Bustillo, retomó tal vez sin darse cuenta, el tema del gorro frigio y presentó un proyecto que no tuvo mayor éxito.
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El senador Cepeda Sarabia ha presentado el proyecto en el 2012 (No. 70 Senado), en 2015 (No. 022 Senado) y en 2016 (proyecto de ley 185 Senado)- Este último está actualmente a consideración de la Comisión Segunda, sin que se conozca un texto de ponencia:
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(HIPERVÍNCULO- ENTREVISTA EFRAIN CEPEDA)
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En la propuesta del senador Cepeda se insiste, además, en cambiar a Panamá por el territorio insular, aunque no se define si el mapa de las islas va en fondo azul, significando el mar. Si se tiene en cuenta el fallo de la Corte internacional, solo una pequeña porción de mar alrededor de las islas sería el territorio colombiano, el resto podría quedar en fondo negro, que bien puede ser el símbolo del petróleo que hay en la zona y que ha sido causa de tantas desventuras.
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Si nos atenemos a lo que reza la Ley 12, más la modificación que propone el congresista conservador, el escudo nacional quedaría así:
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En Colombia, mediante el Decreto nacional 1.967 de 1991 está prohibido hacer un acto de burla frente a los símbolos patrios.
Textualmente dice: “Artículo 19º.- Compete a los alcaldes o a quienes hagan sus veces, imponer multas de cinco (5) a diez (10) salarios mínimos diarios legales:
1. (…)
3. A quien irrespete los símbolos patrios”.
Irónicamente, si nos atenemos al texto de la norma que adoptó dichos símbolos, la franja central tiene un glande con ausencia de deseo sexual: un gorro frígido. Tal vez tan frígido como las normas que aprueban en el Congreso sin darse cuenta. Y los alcaldes deben sancionar a los presidentes, congresistas, militares, diplomáticos, magistrados, gobernadores y a los mismos alcaldes, que usan un escudo nacional que NO es el que figura en la Ley.
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